El Consejo de Directivo se estructura de acuerdo a los artículos 143 Y 144 de la Ley 115 Es el máximo organismo académico de la institución y asesor del Rector y está integrado por:
- El Rector quién lo convoca y lo preside
- Dos representantes de los docentes
- Un representante de los estudiantes.
- Un representante del sector productivo
- Un representante de los ex alumnos
- Un representante del Programa Ampliación de Cobertura Contratada

Nombre
Rector

Nombre
Docente

Nombre
Docente

Nombre
Estudiante

Nombre
Sector productivo

Nombre
Ex alumnos

Nombre
Ampliación de Cobertura Contratada
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
- Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto la quesean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia.
- Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la institución.
- Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando algunos de sus miembros se sienta lesionado.
- Aprobar el plan de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.
- Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios.
- Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de los alumnos que han de incorporar al reglamento o manual de convivencia.
- Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
- Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
- Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros reglamentarios.